Con el objetivo de atenuar las consecuencias para las personas que se vieran afectadas de la suspensión o reducción de sus contratos de trabajo, las partes acuerdan incorporar como medidas que mejoren el nivel de protección de las personas trabajadores previsto en la ley, las siguientes acciones sociales:
- Abonar un complemento de la prestación de desempleo hasta el 100% del salario base y los complementos salariales fijos mensuales de las personas trabajadores.
- No afectación a las vacaciones ni al devengo de pagas extraordinarias.
- Compensación cómputo desempleo.
- Anticipo sobre la futura prestación por desempleo.
En este sentido valoramos positivamente las medidas de acompañamiento social asumidas por la empresa que han hecho posible la firma del acuerdo de ERTE.
Leer más: comunicado comité de empresa al proceso de ERTE en V.S.C