En esta entrada abordamos los aspectos esenciales de este derecho, como por ejemplo la duración, el proceso de solicitud y aprobación, y las situaciones relacionadas con incapacidades temporales.
Las vacaciones son un derecho fundamental de las personas trabajadoras, reconocido por la Constitución (artículo 40.2) y regulado también en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (TE) y un periodo de descanso retribuido. Uno de los temas que puede generar dudas en muchos trabajadores y trabajadoras es el número de días de vacaciones que tenemos.
Todas las personas trabajadoras tenemos derecho, según establece el Estatuto de los Trabajadores, a 30 días naturales de descanso retribuidos por año de trabajo (o 22 días laborables si lo contempla el convenio pertinente). El periodo o periodos de vacaciones será lo pactado al convenio colectivo que determinará, entre otras posibles cuestiones, el número de días.
La empresa en ningún caso no puede sancionar eliminando o reduciendo los días de vacaciones que corresponden.