Hola compañeras y compañeros,
Desde esta sección sindical ya tenemos a disposición de cualquier persona el documento tipo
para solicitar la adaptación de la jornada, tal y como establece el Art 34,8 del Estatuto de los
Trabajadores.
El cual nos dice que:

Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.

Creemos que este artículo del estatuto puede ayudar a que la compañera y el compañero,
pueda conciliar su vida laboral con su vida familiar, y es por ello, que nos ofrecemos para
asesoraros, en el caso que necesitéis solicitar las denominadas adaptaciones de la jornada
laboral.
Pensemos que todo este tema está dando mucho que hablar y más que lo ara
Para cualquier consulta no dudéis en poneros en contacto con nosotros, mediante la sección de contactos de esta misma web o bien mediante correo electrónico :

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¡Un saludo y nos vemos en la lucha!

Buenos días compañeras y compañeros!
Os dejamos enlace de una nueva herramienta creada por UGT-FICA para informar a las personas trabajadoras del sector del mantenimiento (así, en general).
 
Muy recomendable la primera noticia, sobre la modificación del artículo 34 del Estatuto del trabajador, donde nos explican lo siguiente.
“Este nuevo decreto modifica el redactado anterior del articulo 34 del Estatuto de los trabajadores, que ya contemplaba la posibilidad de adaptar la jornada, pero siempre que lo permitiera el convenio colectivo, lo que lo convertía en una ley vacía  y obligaba en la mayoría de los casos a tener que solicitar por parte de los trabajadores una reducción de la jornada para poder adaptar sus horarios al ámbito familiar .Dicha modificación estriba precisamente en incluir la posibilidad del trabajador en solicitar a la empresa la adaptación de su jornada laboral aunque no este contemplado en su convenio de referencia, incluyendo la posibilidad del trabajo a distancia siempre y cuando se tenga un hijo menor de 12 años.
Una vez presentada la solicitud a la empresa esta tiene 30 días para negociar particularmente las condiciones de la conciliación con el trabajador, admitiéndola o no o planteando algún tipo de alternativa, en caso de denegación del derecho, el trabajador tendrá 20 días hábiles para impugnar vía judicial la decisión.”
Desde esta sección sindical ya estamos trabajando en un documento acorde para su solicitud a la empresa.
 En la missa linea os dejamos un enlace de un artículo de el diario El País, donde habla de los posibles efectos que tendrá la modificación del artículo 34
 
Para cualquier consulta no dudéis en poneros en contacto con nosotros por la página web o por el correo de la Sección sindical! 
Un saludo y nos vemos en la lucha!

 

Barcelona 5 de abril de 2019

Saludos compañeras y compañeros,

 El proceso electoral para la elección de los delegados y delegadas del comité de empresa de Veolia Serveis Catalunya llego a su fin. Y des de esta sección sindical UGT-FICA solo nos queda agradecer todo el apoyo y muestras de compromiso que hemos recibido en cada una de las visitas en los diferentes centros de trabajo.

Ja s’ha publicat al ORDEN TSF/82/2019, de 26 de abril, per la qual s’estableixen les instruccions necessàries per a la participació dels treballadors i les treballadores a les eleccions previstes pel pròxim 26 de maig.

En aquest enllaç podeu consultar el text normatiu. I a continuació, unes preguntes amb resposta de cara a resoldre dubtes freqüents:

Si el dia de les eleccions no gaudeixo del descans setmanal, tinc dret a absentar-me de la feina per exercir el meu dret a vot?

, els electors disposaran d’un permís de com a màxim 4 hores dins de la jornada laboral. Les hores del permís variaran en funció de la coincidència d’hores de la jornada laboral amb l’horari d’obertura dels col·legis. Per tant, si la coincidència és:

  • com a màxim de dues hores: No es concedirà el permís.
  • de més de dues hores i menys de quatre: es concedirà un permís de dues hores.
  • de quatre o més hores: es concedirà un permís de quatre hores.

Quan el treball sigui en jornada reduïda, s’efectuarà la corresponent reducció proporcional del permís.

I si soc membre de la mesa electoral o interventor/a?

Les persones que no gaudeixin del descans setmanal i que hagin d’estar a la mesa electoral com a membres o interventores, se’ls ha de concedir el permís corresponent a la jornada completa del dia de les eleccions i, a més, un permís corresponent a les cinc primeres hores de la jornada laboral del dia immediatament posterior.

En canvi, si aquestes persones (membres o interventores a la mesa electoral) gaudeixen del descans setmanal el diumenge, tindran dret al permís només de les cinc primeres hores de la jornada laboral de l’endemà de les eleccions.

Si gaudeixo del permís, l’empresa em pot descomptar la part proporcional al temps no treballat? Hauré de recuperar el temps d’absència de la feina?

No, aquest permís té en tot cas la condició de retribuït i no recuperable.

Puc canviar el torn si he de treballar la nit abans de les eleccions i soc membre de mesa o interventor/a?

Sí, l’empresa, a petició de la persona interessada, ha de canviar el torn per tal que pugui descansar la nit anterior a les eleccions. 

Qui determina el moment d’utilització de les hores concedides per la votació?

La determinació del moment d’utilització de les hores concedides per a la votació, que haurà de coincidir amb l’horari establert per a la votació, és potestat de l’empresa.

He d’aportar algun document a l’empresa per al gaudiment d’aquest permís?

A l’efecte de l’abonament del salari del temps utilitzat per votar, l’empresa té dret a sol·licitar als seus treballadors i treballadores l’exhibició del justificant acreditatiu d’haver votat, expedit per la mesa electoral corresponent.

Buenas compañeros y compañeras

 

Habiendo empezado ya el proceso electoral en Veolia Serveis Catalunya, como Sección Sindical de UGT-FICA queremos explicaros de una vez por todas las mejoras que incluya en TEXTO ACORDADO para el posible Convenio interno de Veolia. Un tema muy menospreciado por las otras dos secciones sindicales, pero que hubiera supuesto unas mejoras en las condiciones laborales del personal de esta empresa. 

 

Siempre al frente, al ser sindicato mayoritario dentro de la empresa (con más de 90 afiliadas y afiliados), lidiando con la falta de seriedad demostrada en su poco trabajo de las otras dos secciones sindicales, que ahora utilizan ese trabajo hecho, plasmado en acuerdos concretos para atacar a esta sección sindical sin más razón que el ansia de seguir manteniendo su puesto en el comité, ¡pues después ellos no consiguen absolutamente nada más que joder a las compañeras y compañeros!

Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si acepta o continúa navegando, consideramos que acepta su uso. PIXEL_LINK_LEGAL_TEXT